DNI apresa y somete a individuo
dio falsa alarma de bomba en AILA el 30 de junio
Las autoridades del Departamento
Nacional de Investigaciones (DNI), informaron el apresamiento y sometimiento a
la justicia del dominicano Rubén Manuel Ciprián Toribio, a quien le fueron
dictados tres meses de prisión preventiva, por haber dado una falsa alarma de
bomba en el vuelo DL 514 de la Aerolínea Delta, que pretendía despegar del
Aeropuerto Internacional de las Américas con destino a la ciudad de Nueva York.
La detención se produjo durante
un operativo efectuado en el hotel Barceló Punta Cana, por miembros de la
Unidad de Antiterrorismo del Directorio de Contrainteligencia del DNI, quienes
llevaron a cabo la investigación tras recibir la información del Cuerpo
Especializado en Seguridad Aeroportuaria y de la Aviación Civil (CESAC).
Tras ampliar las investigaciones
se determinó que siendo las 03:08 horas del 30 de junio 2014. Rubén
Ciprián se comunicó con una amiga identificada como la persona que le
gestionó mediante conferencia el contacto con el aeropuerto, produciéndose la
alerta “ANAR ERIC ADLER, DELTA 514, ESO ES UNA BOMBA”, refiriéndose al
ciudadano americano quien es su pareja sentimental y con quien compartía
habitación en el referido hotel, donde sostuvieron un enfrentamiento, lo
que produjo que ANAR ERIC ADLER, se marchara del complejo y Ruben Ciprian
en represaría decidiera ponerse en contacto con las autoridades del AILA , con
el interés de se detuviera al acusado de querer detonar un bomba en dicha
terminal aérea produciéndose la falsa alarma, que activó inmediatamente
los organismo de seguridad del Estado.
Se determinó que dicha llamada se
originó desde el número de teléfono fijo (809)-568-6088, ubicado según la
celda en Villa Mella, Sto. Dgo. Norte, por lo que inmediatamente se procedió a
enviar un equipo de ubicación y reconocimiento a dicha dirección. Los mismos
fueron sometidos a la acción de la justicia conociéndole medida de coerción. A
Ruben Ciprián, le dictaron tres meses de coerción.
Las autoridades del DNI, fueron
enfáticos en plantear que estas llamadas molestosas y que ponen en riesgo las
operaciones de las terminales aéreas son castigadas por el Código Procesal
Penal por estipularse las misma de carácter de seguridad nacional
como internacional, ya que inmediatamente se produce una información de este
tipo se aplican procedimiento en los dos aeropuertos (de salida y llegada).
Este caso se pudo mantener
herméticamente cerrado con la finalidad de no llevar preocupación y pánico a los
pasajeros y turistas que cada día ingresan y salen de territorio
dominicano.
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